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Nuevas actualizaciones en la Web de ANEPROMA

Se informa que,  desde 1 de diciembre de 2015, la web de ANEPROMA (www.aneproma.es) se ha modificado pasando a incluir una nueva pestaña destinada a técnicos y empresas centrada en el capítulo de ” Laboratorio e informes” y que se subdivide en:

  • Penetración y retención
  • Identificación de especies
  • Cálculo de estructuras y peritaciones

Foto Nueva actualizacion 08.01.2016

 

Conclusiones finales: El uso de productos protectores químicos podría incrementar la resistencia de la madera

  1. Que la impregnación con protectores orgánicos e hidrosolubles, mejora la resistencia a flexión, módulo de elasticidad y resistencia a compresión paralela.
  2. Que la baja relación entre resistencia a compresión paralela y la penetración del protector orgánico, indica que la mejora de las prestaciones no puede ser debida a la profundidad alcanzada por el protector, y podría pensarse en el efecto de los cambios de presión.

  3.  Que, debido a que en este estudio se utilizan probetas testigo sin impregnar, la mayor diferencia en la mejora respecto de otros estudios realizados al efecto puede estar explicada por que el efecto de las variaciones de presión se han eliminado en esta ocasión (lo que vendría a confirmar que el empleo de madera impregnada en autoclave mejora sus prestaciones mecánicas).
    Para ampliar información, puedes acceder al siguiente link, dónde encontrarás el artículo científico original:

              http://revistas.inia.es/index.php/fs/article/view/3857/1942

 

3º Entrada: El uso de productos protectores químicos podría incrementar la resistencia de la madera

Se ensayaron 40 muestras tratadas con protector orgánico, 50 muestras tratadas con sal hidrosoluble de cobre y 40 probetas de control, no sometidas a impregnación por vacío – presión con agua.

Dado lo reducido de la sección, se utilizó un ciclo de doble vacío (-20 kPa – 10 min – Patm – 10 – 15 min – -85 kPa – 25 min). Tras la medición de variación de dimensiones y penetraciones, secado correspondiente, y ser llevadas de forma controlada a una humedad del 12% todas las probetas, se realizaron los ensayos según la normativa particularmente aplicable.

Los resultados, tratados bajo las adecuadas precauciones estadísticas, indican la siguiente información:

Por una parte, existe una clara mejoría de la resistencia a flexión (el factor que influye en la capacidad de carga de las vigas), en torno al 13%, para ambos protectores por igual.

Ilustración 1 - Resistencia a flexión de probetas control, orgánico (LOSP) e hidrosoluble (C-A)

Ilustración 1 – Resistencia a flexión de probetas control, orgánico (LOSP) e hidrosoluble (C-A)

Por su parte, el módulo de elasticidad (MOE) de las probetas tratadas con protector orgánico mejoraron un 14.3 % respecto al testigo, siendo el valor para las piezas impregnadas con sal de cobre de un 24.8 %.

El estudio de la compresión paralela a la fibra mostró, en un inicio, una elevada relación entre la variación de este factor en muestras tratadas y no tratadas y el propio tratamiento, es decir, que se sabe que el tratamiento influye en la mejora de la resistencia a compresión, pues los resultados son explicativos de esta afirmación. Así, la madera tratada con productos orgánicos mejoran un 19.2 %, mientras que los impregnados con cobre, un 30.4 %.

No obstante, no se pudo probar que la penetración (medida en mm) fuese un factor que explicase esta variación en los resultados, en el caso de la compresión paralela, por lo que se podría pensar que si el incremento de resistencia y elasticidad no es consecuencia del grado de impregnación, podría serlo por las variaciones de presión aplicadas a la madera durante el proceso de impregnación.

 

2º Entrada: El uso de productos protectores químicos podría incrementar la resistencia de la madera

Hasta la fecha, los ensayos realizados de la misma naturaleza, no arrojaron una significancia relevante en la influencia de los protectores de la madera sobre el comportamiento físico – mecánico de la madera tratada, y como tal se recoge un listado de protectores que no alteran la resistencia de la madera en el anexo A de la norma UNE-EN 15228:2009. Algunos autores sí apuntaban la adquisición de cierto comportamiento deseable en la madera tratada, aunque no había sido tan nítidamente identificado como en esta investigación.

La utilización, como probeta testigo alternativa a los métodos empleados hasta la fecha, de madera sin tratar (respecto a piezas de madera impregnadas con agua), pretendía comparar el hecho real, la diferencia de prestaciones de la madera de construcción, pues la que no es impregnada en autoclave no recibe un tratamiento bajo fenómenos de vacío – presión, y poder descartar así el sesgo introducido en los resultados al utilizar el autoclave.

Las probetas tenían unas dimensiones reducidas, obtenidas de las partes más limpias, sin defectos como nudos, gemas y otros defectos de aserrado, desviación de la fibra inferior al 15%, etc., siendo su sección cuadrada (20×20 mm) y de longitud contenida (370 mm). La eliminación del efecto de estas anomalías de la madera, sí presentes en mayores tamaños, habitualmente utilizados en la construcción, podría aminorar el efecto positivo de los resultados de este estudio, al influir minimizando  el porcentaje en que la madera tratada mejora las características resistentes.

El protector orgánico contenía, como materias activas, tebuconazol, propiconazol, tolifluanida y permetrina, mientras que el hidrosoluble estaba compuesto por carbonato de cobre, aminoetanol, ácido bórico, propiconazol y tebuconazol.

 

El uso de productos químicos protectores podría incrementar la resistencia de la madera

Esta conclusión se desprende de la investigación realizada por personal de las Universidades de Lérida, Politécnica de Madrid y de Alcalá. En ella, utilizando probetas de pino silvestre (Pinus sylvestris L.) y protectores orgánicos y sales hidrosolubles de cobre, han comprobado un incremento notable de la resistencia a flexión y módulo de elasticidad.

El estudio tuvo por objetivo la determinación de los efectos de los tratamientos por impregnación con formulados comerciales destinados a tratar madera en clase de uso 3.1, 3.2 y 4. Se comprobó, mediante la utilización de probetas testigo, sin tratar y sometidas a impregnación con agua, a la evaluación de tres de los parámetros más utilizados en el cálculo estructural:

– Módulo de elasticidad (MOE)

– Resistencia a la flexión (MOR)

– Resistencia a compresión paralela a la fibra (fc,0)

 

El Consumo de Productos Forestales como la madera facilita la rentabilidad del monte

El poder de compra del consumidor final debe ser considerado como una variable sobre la que actuar para potenciar el uso de productos de madera y derivados de la misma.

Sobre el mismo se puede actuar tanto con difusión de características técnicas de los materiales como de hechos probados que engloban beneficios para el conjunto de la sociedad.

De esta forma, primar el uso (y consumo consecuente) de productos de origen forestal, en general, y madera, como producto particular, presenta un buen conjunto de ventajas técnicas, medioambientales y sociales.

En esta entrada nos vamos a centrar en estas últimas, utilizando, como ejemplo, la noticia divulgada por el boletín electrónico “Noticias Forestales” y la edición digital del “Diario de Teruel”. Se informa en la misma de la tendencia creciente del rendimiento económico asociado a los aprovechamientos forestales en la provincia de Teruel, pues en 2012 superaron los 2,3 M €, unos 0,5 M € más que en el año 2011.

Centrándonos en la riqueza producida por el monte turolense en cuanto al recurso maderero, se ha registrado un incremento interesante en la obtención de madera entre los años 2011 (8.820 tn) y 2013 (25253 tn), es decir, tres veces más.

Los trabajos necesarios para ejecutar estos aprovechamientos han generado, según estimaciones del Gobierno de Aragón, más de 29.000 jornales, que ocupan a unas 130 personas.

Es por ello que muchas veces se cita a la madera como un material constructivo que aúna beneficios ambientales – pues aprovechada bajo criterios técnicos y sostenibles, es un recurso renovable, además de ser sumidero de gases de efecto invernadero (CO2) –  beneficios sociales – es fuente de empleo, motor de desarrollo rural y contribuye a la financiación de entidades públicas locales –  y beneficios económicos (como los que se citan en esta entrada). Además, ha de saberse que en los montes públicos se destina un cierto porcentaje (10 – 15%) de los beneficios a un fondo de mejora para afrontar inversiones destinadas al cuidado y mejora de las infraestructuras del monte así como a permitir los tratamientos selvícolas necesarios para proteger al monte de los incendios forestales y obtener unos productos de la más alta calidad.

Por todo ello, ANEPROMA anima y aconseja utilizar productos de origen forestal y recuerda la necesidad de utilizar el material con garantías adecuadas de durabilidad y resistencia, mediante la elección adecuada de especie y los tratamientos de protección.

Fuente:
http://www.diariodeteruel.es/noticia/37750/los-aprovechamientos-forestales-convierten-al-monte-publico-en-fuente-de-ingresos

 

La Aplicación de la Diligencia Debida como vía de prevención de contenciosos

Con la entrada en vigor del Reglamento (UE) 995/2010, Europeo de la Madera, más conocido por sus siglas en inglés, EUTR (European Union Timber Regulation), el pasado mes de marzo, se modificó sustancialmente el marco de operativas de suministro de las diferentes industrias englobadas en el sector forestal.

A falta aún del desarrollo final y la aprobación del texto legal nacional que transcriba el citado reglamento al ámbito jurídico español, las obligaciones contenidas en el Reglamento son aplicables por defecto a la actividad de las empresas que comercializan con madera, bien sea en calidad de agentes, bien sea como simples “comerciantes”.

Los primeros son aquellos que ponen madera, por primera vez, en el mercado UE; esto es, aquellas empresas que importan o aprovechan directamente en monte, a grandes rasgos. Por otra parte, los comerciantes quedan definidos, en el ámbito del EUTR, como aquellas empresas que realizan compra – venta de productos de madera y están insertas en las cadenas de suministro de materiales.

Las empresas pueden ser, por tanto, tanto agentes como comerciantes, en función de la naturaleza de su actividad. Sólo cuando se puedan descartar totalmente los supuestos de una de estas definiciones, se podrá trabajar bajo los requisitos de la definición correcta. En función de esta categoría, el Reglamento exige, respectivamente, aplicar la diligencia debida o garantizar la trazabilidad de las mercancías.

Los agentes deben ejercer la diligencia debida mediante la implantación de un Sistema de Diligencia Debida propio o acogiéndose a uno elaborado por una entidad de supervisión. En esencia, este requisito se desarrolla mediante la ejecución de tres pasos:

            1. Acceso a la información

            2. Evaluación del riesgo

            3. Mitigación del riesgo. Medidas correctoras

 En el primer paso se debe recopilar toda la información aplicable al origen e identificación de los productos y de los agentes implicados en la cadena de suministro. En el segundo, se examina la misma de acuerdo a indicadores de riesgo y se concluye si se puede comercializar la madera o no, siendo este último caso el que puede ser subsanado mediante el desarrollo de la tercera fase, en la que se ejecutarán diversas acciones para eliminar la causa del riesgo detectado en la fase 2.

Por su parte, los comerciantes deben garantizar la trazabilidad de los productos de madera objeto de transacción comercial, pudiendo identificar en todo momento proveedor y cliente, según la unidad mínima de control más adecuada al contexto del producto.

La adopción de los sistemas voluntarios de certificación forestal más habituales en España ya permiten el cumplimiento de estos requisitos legales, al tener incorporados los mismos en las respectivas normas técnicas de aplicación.

El incumplimiento de las disposiciones recogidas en el Reglamento 995/2010 aún carece de un marco nacional de infracciones y penas, pero en la actualidad puede llevar, directamente, a la confiscación del material, además de estar prohibida su venta de acuerdo a los esquemas de certificación voluntaria.

Por ello, se recomienda encarecidamente proceder al cumplimiento de los requisitos básicos contenidos en el Reglamento 995/2010, para operar en todo momento de acuerdo a la legislación aplicable, evitando problemas como los desarrollados en la siguiente noticia (http://www.madera-sostenible.com/madera/sostenible/index/pag/Madera/tip/articulo/pagid/3449), en la que se informa de la incautación de una partida de madera de wengé, procedente de la República Democrática del Congo por parte del gobierno alemán.

 

Existe algún tipo de relación entre las clases de uso y las clases de servicio de la madera

Efectivamente, existe una relación que está definida en la norma UNE 335:2013 que es la siguiente:

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Recordar que las clases de servicios quedan definidas mediante la humedad de equilibrio higroscópico (HEH), siendo:

           a.  CS 1: HEH < 12 %

           b.  CS 2: HEH < 20 %

           c.  CS 3: HEH > 20 %